La Constitución de 1991 establece que el gobierno central deberá transferir una proporción creciente de sus ingresos corrientes a los entes territoriales y define la participación de los mismos en los recursos generados por la explotación de hidrocarburos y otros minerales. Igualmente, la nueva Carta delega en las entidades territoriales la prestación, financiación y administración de los servicios de salud y educación y otras actividades de inversión social como vivienda, agua potable y alcantarillado, saneamiento, subsidios rurales, etc. Lo anterior determinará un cambio sustancial en la estructura del gasto por niveles de gobierno y profundizará y acelerará el proceso de descentralización fiscal y político que se ha venido desarrollando desde 1970. El presente trabajo estudiará el impacto de la nueva legislación sobre la estructura de gastos y transferencias entre niveles de gobierno y entre departamentos y municipios según sus niveles de pobreza. La primera parte resume, de manera muy breve, la nueva estructura de transferencias ordenada por la Constitución y reglamentada por la Ley 60 de 1993. La segunda describe la evolución de las finanzas intergubernamentales entre 1990 y 1991, diferenciando los departamentos según su nivel de pobreza. En la tercera parte se proyectan las finanzas intergubernamentales hasta el año 2000. El objetivo de estos ejercicios es, de un lado, estimar el impacto de la nueva estructura de transferencias sobre la composición y estructura del gasto y, de otro, determinar si las nuevas normas introducen una mayor progresividad a la distribución de las transferencias entre departamentos, según los niveles de pobreza. Finalmente, se resumen las principales conclusiones y las recomendaciones de política derivadas del estudio.